1. Identidad del Proveedor y aceptación
1.1 Objeto. Los presentes Términos y Condiciones (los «Términos») regulan el acceso y uso de la plataforma de facturación electrónica AMOXTLI (la «Plataforma»), disponible en amoxtli.digital y su panel amoxtli.digital/app, operada por TLANEXTIA S.A.S. de C.V. (el «Proveedor» o «Tlanextia»), sociedad mexicana constituida el 17 de agosto de 2017 bajo el folio SAS-1.2-201708-60473 del sistema electrónico de la Secretaría de Economía, con RFC TLA170817IL5 y domicilio en Calle Miguel Hidalgo número 4, Colonia Libertad, C.P. 91270, Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave, México, representada por su administrador único.
1.2 Naturaleza del contrato. Estos Términos constituyen un contrato de prestación de servicios celebrado por medios electrónicos. Cuando el Usuario contrata para su actividad empresarial o profesional, el contrato tiene carácter mercantil. Cuando el Usuario tenga el carácter de consumidor, se aplicará además lo dispuesto en la cláusula 24.
1.3 Aceptación. Al crear una cuenta, marcar la casilla de aceptación en el registro, iniciar sesión o utilizar cualquier función de la Plataforma, la persona física o moral que lo hace (el «Usuario») manifiesta que ha leído y acepta íntegramente estos Términos y el Aviso de Privacidad. El consentimiento otorgado por medios electrónicos tiene plena validez conforme a los artículos 1803 y 1834 Bis del Código Civil Federal y 80, 89, 89 Bis y 93 del Código de Comercio.
1.4 Constancia de aceptación. La Plataforma conserva, como mensaje de datos, la fecha y hora, la versión de los Términos aceptada, el usuario y la dirección IP desde la que se otorgó la aceptación. El Usuario reconoce que ese registro hace prueba de su consentimiento en términos de los artículos 89 a 94 y 1298-A del Código de Comercio.
1.5 Capacidad y representación. El Usuario declara ser mayor de edad y tener capacidad legal para obligarse. Si actúa en representación de una persona moral o de un negocio, declara contar con facultades suficientes para obligarla y responde personalmente si carece de ellas. Quien no esté de acuerdo con estos Términos debe abstenerse de usar la Plataforma.
1.6 Documentos que integran el contrato. Forman parte del contrato, en este orden de prelación: (a) estos Términos; (b) el Aviso de Privacidad; (c) los precios y características de los Planes publicados en el sitio al momento de cada compra.
2. Definiciones
Los términos siguientes tienen el significado que aquí se indica, en singular o plural:
- Anexo 20: anexo de la RMF que contiene el estándar técnico del CFDI y de sus complementos.
- Anexo 29: anexo de la RMF con las disposiciones y validaciones adicionales que los PAC deben aplicar al certificar un CFDI.
- Aviso de Privacidad: documento publicado en amoxtli.digital que informa el tratamiento de los datos personales conforme a la LFPDPPP.
- Bitácora: registro electrónico de las operaciones realizadas en la Plataforma (usuario, acción, fecha, hora e IP), protegido con controles de integridad.
- CFDI: Comprobante Fiscal Digital por Internet, en su versión 4.0 o la que la sustituya, conforme a los artículos 29 y 29-A del CFF y al Anexo 20.
- CFF: Código Fiscal de la Federación.
- Constancia de Situación Fiscal: documento emitido por el SAT con los datos de identificación, domicilio, régimen y obligaciones del contribuyente.
- CSD: Certificado de Sello Digital expedido por el SAT al contribuyente (archivo .cer, llave privada .key y su contraseña), con el que se sellan los CFDI, conforme a los artículos 17-D y 29, fracción II, del CFF.
- Cuenta inactiva: la Organización que durante doce (12) meses consecutivos no registra inicio de sesión ni emisión de comprobantes.
- Datos del Usuario: toda la información, comprobantes y archivos que el Usuario captura, carga o genera en la Plataforma.
- Día hábil: de lunes a viernes, excepto los días de descanso obligatorio de la Ley Federal del Trabajo y los inhábiles del artículo 12 del CFF.
- e.firma: firma electrónica avanzada del contribuyente. La Plataforma nunca la solicita ni la almacena.
- Emisor: el contribuyente titular del RFC y del CSD con los que se expide un CFDI desde la Plataforma.
- Encargado, Responsable y Subencargado: las figuras previstas en la LFPDPPP, con el alcance de la cláusula 14.
- Factura global: CFDI expedido al público en general por las operaciones en las que el adquirente no solicita comprobante, conforme a la RMF.
- LFPC: Ley Federal de Protección al Consumidor.
- LFPDPPP: Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares vigente y su normativa secundaria.
- Listado 69-B: relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes o con situación definitiva, publicada por el SAT conforme al artículo 69-B del CFF.
- Modo sandbox y modo producción: el primero es el ambiente de pruebas, cuyos comprobantes no tienen efectos fiscales; el segundo es el ambiente en el que los CFDI se certifican con efectos fiscales.
- Organización: la cuenta de negocio creada al registrarse. Agrupa los RFC emisores, sucursales, usuarios, clientes, comprobantes y saldo de Timbres del Usuario.
- PAC: proveedor de certificación de CFDI autorizado por el SAT conforme a los artículos 29, fracción IV, y 29 Bis del CFF, que valida, asigna folio e incorpora el sello digital del SAT (timbra) a los CFDI.
- Plan: paquete de Timbres adquirido en una sola exhibición.
- Receptor: el cliente del Usuario a cuyo favor se expide un CFDI.
- REP: CFDI con complemento para recepción de pagos.
- RMF: Resolución Miscelánea Fiscal vigente y sus anexos.
- SAT: Servicio de Administración Tributaria.
- Timbre: unidad de consumo de la Plataforma. Cada CFDI certificado con éxito por el PAC consume un Timbre del saldo de la Organización.
3. Naturaleza del servicio y marco normativo
3.1 Servicio. AMOXTLI es un programa de cómputo ofrecido como servicio (SaaS) que permite al Usuario elaborar sus CFDI, sellarlos con su propio CSD y enviarlos a certificación con un PAC, así como consultar, cancelar, enviar por correo y conservar sus comprobantes. Incluye, entre otras funciones: emisión de facturas, recibos de honorarios y arrendamiento, notas de crédito, débito y cargo, Factura global, REP, facturas recurrentes, registro de ventas al público, bandeja de solicitudes de cancelación de terceros, expediente de materialidad, importación de historial y asistentes basados en inteligencia artificial.
3.2 Lo que AMOXTLI no es. AMOXTLI no es un PAC, no es autoridad fiscal y no certifica CFDI por sí mismo: la certificación la realiza el PAC contratado por el Proveedor y la validez fiscal la determina el SAT. AMOXTLI tampoco presta asesoría fiscal, contable ni legal. Las orientaciones, validaciones automáticas y sugerencias de la Plataforma son apoyos operativos que no sustituyen la revisión del Usuario ni la de su contador.
3.3 PAC contratados. El Proveedor contrata PAC autorizados y publica en el sitio la lista vigente. A la fecha de esta versión son Prodigia, como proveedor principal, y SW Sapien, como respaldo. El Proveedor puede sustituirlos por otros PAC autorizados sin que ello constituya una modificación de estos Términos.
3.4 El Usuario es el contribuyente obligado. La obligación de expedir, cancelar, conservar y declarar los CFDI corresponde en todo momento al Usuario como contribuyente. La Plataforma es la herramienta con la que el Usuario cumple esas obligaciones; no las asume ni las comparte.
3.5 Marco normativo. La operación de la Plataforma y las obligaciones del Usuario se rigen, entre otras, por las disposiciones siguientes:
| Materia | Disposición |
|---|---|
| Expedición y requisitos del CFDI | CFF, artículos 29 y 29-A; Anexo 20 de la RMF |
| Certificación por el PAC y validaciones | CFF, artículo 29 Bis; reglas del Capítulo 2.7 de la RMF, en particular la 2.7.2.8; Anexo 29 |
| Cancelación de CFDI | CFF, artículo 29-A; reglas 2.7.1.34 y 2.7.1.35 de la RMF |
| CSD: uso, vigencia, restricción y cancelación | CFF, artículos 17-D, 17-H y 17-H Bis |
| Contabilidad y conservación | CFF, artículos 28 y 30; Código de Comercio, artículo 49 |
| Comprobantes falsos y operaciones inexistentes | CFF, artículos 49-Bis, 69-B y 113 Bis |
| Infracciones relacionadas con CFDI | CFF, artículos 81 a 84 |
| Contratación electrónica y mensajes de datos | Código Civil Federal, artículos 1803 y 1834 Bis; Código de Comercio, artículos 80 y 89 a 94; NOM-151-SCFI-2016 |
| Datos personales | LFPDPPP |
| Consumidores | LFPC, artículos 1, 76 Bis y 85 a 90 |
| Propiedad intelectual | Ley Federal del Derecho de Autor; Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial |
3.6 Referencias dinámicas. Toda referencia a una ley, regla o anexo se entiende hecha al texto vigente en el momento de cada operación, aunque cambie su numeración. Si una disposición fiscal modifica un plazo o requisito mencionado en estos Términos, prevalece la disposición fiscal.
4. Cuenta, usuarios y verificación del Emisor
4.1 Registro. Para usar la Plataforma el Usuario debe registrarse con el nombre de su negocio, su nombre, un correo electrónico válido y una contraseña. El registro crea una Organización y asigna al Usuario el rol de administrador general. La cuenta requiere verificación del correo electrónico antes de usarse.
4.2 Roles. El administrador general puede dar de alta a otros usuarios de su Organización y asignarles uno de los roles siguientes: administrador general, administrador de sucursal, capturista y solo lectura.
4.3 Responsabilidad por la cuenta. El Usuario es responsable de todos los actos realizados desde las cuentas de su Organización, de mantener la confidencialidad de sus credenciales y de notificar al correo de contacto cualquier uso no autorizado dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a que lo conozca. Las credenciales son personales e intransferibles. Toda operación realizada con credenciales válidas se presume hecha por el Usuario.
4.4 Aislamiento. La información de cada Organización está aislada de las demás: ningún Usuario puede consultar ni modificar datos de otra Organización.
4.5 Verificación del Emisor antes del modo producción. Para activar el modo producción de cada RFC emisor, el Usuario debe: (a) cargar su Constancia de Situación Fiscal con antigüedad no mayor a tres (3) meses; (b) cargar un CSD vigente que corresponda a ese RFC; y (c) no aparecer en el Listado 69-B ni en cualquier otro listado público del SAT relativo a comprobantes falsos u operaciones inexistentes. El Proveedor puede negar o posponer la activación mientras no se cumplan estos requisitos.
4.6 Verificación continua. La Plataforma revisa periódicamente a los Emisores contra los listados del SAT. Si un Emisor aparece como presunto, el Proveedor se lo notificará y podrá suspender el timbrado de ese RFC hasta que aclare su situación. Si aparece en situación definitiva, o con resolución firme en términos del artículo 49-Bis del CFF, el timbrado de ese RFC se suspenderá de inmediato conforme a la cláusula 18.
4.7 Información adicional. El Proveedor puede solicitar en cualquier momento información o documentos que acrediten la identidad del Usuario, sus facultades o la titularidad del CSD. El Usuario debe entregarlos dentro de los cinco (5) Días hábiles siguientes a la solicitud; de lo contrario, el Proveedor puede suspender la cuenta.
4.8 Declaraciones del Usuario. El Usuario declara, bajo protesta de decir verdad, que: (a) los datos de registro y fiscales que proporciona son ciertos y están actualizados; (b) los CFDI que expida amparan operaciones reales, con activos, personal, infraestructura o capacidad material para realizarlas; y (c) no utiliza la Plataforma por cuenta de terceros no declarados.
5. Certificado de Sello Digital (CSD)
5.1 Carga y titularidad. Para timbrar en modo producción, el Usuario carga en la Plataforma el CSD de cada RFC emisor (archivos .cer y .key) y su contraseña. Al hacerlo declara ser el titular del CSD o contar con autorización expresa de éste, y responde frente al Proveedor y frente a terceros si no es así.
5.2 Resguardo. El material del CSD se almacena cifrado con una llave dedicada, distinta de las demás llaves de la Plataforma. Todo acceso a él queda registrado en la Bitácora.
5.3 Uso exclusivo e instrucción expresa. La Plataforma utiliza el CSD exclusivamente para sellar los CFDI y las solicitudes de cancelación de la propia Organización. El Usuario instruye expresamente al Proveedor para sellar de forma automatizada, en su nombre, los comprobantes que el propio Usuario capture, programe o configure, incluidas las facturas recurrentes, los REP y la Factura global.
5.4 Transmisión al PAC. El sellado se realiza dentro de la Plataforma y la llave privada no se entrega a terceros, con una única excepción: cuando el PAC exige recibir el CSD para firmar de su lado una cancelación o la respuesta a una solicitud de cancelación de terceros. En ese caso el material se transmite al PAC cifrado en tránsito, solo para esa operación, sin escribirse en disco ni en registros, y el acceso queda anotado en la Bitácora.
5.5 Validaciones. La Plataforma valida que el certificado sea un CSD y no una e.firma, que corresponda al RFC emisor y que esté vigente. La Plataforma rechaza cualquier archivo de e.firma.
5.6 Responsabilidad del Usuario sobre su CSD. El Usuario es el único responsable de la custodia, vigencia, renovación y, en su caso, revocación de su CSD ante el SAT (artículos 17-D y 17-H del CFF). Si sospecha que su CSD fue comprometido, debe revocarlo ante el SAT y avisar al Proveedor de inmediato. Como cortesía, la Plataforma envía avisos cuando un CSD está por vencer; la falta de un aviso no traslada responsabilidad al Proveedor.
5.7 Restricción o cancelación por el SAT. Si el SAT restringe temporalmente o deja sin efectos el CSD del Usuario (artículos 17-H y 17-H Bis del CFF), la Plataforma no podrá timbrar con él. El Proveedor no responde por las consecuencias de esa medida ni participa en el procedimiento de aclaración, que corresponde al Usuario.
5.8 Eliminación. El Usuario puede eliminar su CSD de la Plataforma en cualquier momento. Tras la baja de la cuenta, el Proveedor eliminará el material del CSD dentro de los treinta (30) días naturales siguientes.
6. Timbres, Planes y pagos
6.1 Regalo de bienvenida. Al registrarse, cada Organización recibe 5 Timbres sin costo, por una sola vez. No es una dotación recurrente y el Proveedor puede negarla ante indicios de registros múltiples de un mismo contribuyente.
6.2 Planes. Los Timbres adicionales se adquieren mediante Planes de compra única, sin suscripción ni renovación automática. Los precios vigentes, en pesos mexicanos e IVA incluido, son:
| Plan | Timbres | Precio (MXN) | Precio por Timbre |
|---|---|---|---|
| Plan 1 | 15 | $150.00 | $10.00 |
| Plan 2 | 30 | $250.00 | $8.33 |
| Plan 3 | 50 | $400.00 | $8.00 |
| Plan 4 | 100 | $600.00 | $6.00 |
6.3 Vigencia de los Timbres. Los Timbres adquiridos y los de bienvenida se acumulan en el saldo y no caducan mientras la Organización no sea una Cuenta inactiva. Cuando una Organización se convierta en Cuenta inactiva, el Proveedor lo avisará al correo registrado y otorgará treinta (30) días naturales para reactivarla con un inicio de sesión. Transcurrido ese plazo sin reactivación, el Proveedor puede dar de baja la cuenta conforme a la cláusula 18 y el saldo de Timbres se extingue.
6.4 Consumo. Se consume un Timbre por cada CFDI certificado con éxito por el PAC, incluidos los REP, las Facturas globales y las notas. Si el PAC o el SAT rechazan el comprobante, no se consume Timbre. La Plataforma cuenta con controles para que un reintento o doble clic sobre el mismo comprobante no consuma más de un Timbre; si ocurriera, el Proveedor repondrá el Timbre afectado. Sin saldo disponible, la Plataforma no envía comprobantes a timbrar, incluidos los automáticos.
6.5 Pago. Los pagos se procesan a través de Stripe. El Usuario es redirigido a una página de pago de Stripe y los datos completos de su tarjeta son recibidos y tratados por Stripe; el Proveedor no los almacena. Los Timbres se acreditan al saldo cuando Stripe confirma el pago.
6.6 CFDI de la compra. El Usuario puede solicitar el CFDI de su compra, con sus datos fiscales, dentro del mismo mes calendario en que realizó el pago. Las compras por las que no se solicite CFDI en ese plazo se incluirán en la Factura global del Proveedor y no podrán facturarse de forma nominativa después.
6.7 Reembolsos. Por tratarse de un producto digital que se acredita de inmediato, los Timbres no son reembolsables una vez acreditados, salvo cuando la acreditación o el consumo hayan fallado por causa imputable al Proveedor. En ese caso el Usuario debe reportarlo dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al hecho; el Proveedor resolverá dentro de los diez (10) Días hábiles siguientes al reporte y, de proceder, repondrá los Timbres o, a elección del Usuario, reembolsará el importe por el mismo medio de pago dentro de los diez (10) Días hábiles siguientes a la resolución. Lo anterior sin perjuicio de los derechos irrenunciables del consumidor previstos en la LFPC.
6.8 Contracargos. Si el Usuario desconoce ante su banco un pago legítimo, el Proveedor puede suspender la cuenta, descontar del saldo los Timbres correspondientes y presentar ante el procesador de pagos la Bitácora y la constancia de aceptación como prueba de la operación.
6.9 Cambios de precio. El Proveedor puede modificar los precios de los Planes hacia el futuro. Los cambios se publican en el sitio y no afectan los Timbres ya adquiridos.
7. Validaciones y reglas de emisión
7.1 Validaciones previas. Antes de enviar un comprobante a timbrar, la Plataforma realiza validaciones automáticas orientadas a reducir rechazos: estructura del RFC y dígito verificador, existencia del régimen fiscal, uso de CFDI y clave de producto o servicio en los catálogos vigentes del SAT, compatibilidad entre el uso de CFDI y el régimen fiscal del Receptor conforme al Anexo 20, formato del código postal y validación del XML contra los esquemas y reglas del SAT.
7.2 Validaciones del PAC. El PAC aplica además las validaciones del artículo 29 Bis del CFF y del Anexo 29, entre ellas la vigencia del CSD y la coincidencia del nombre, régimen y código postal del Receptor con los registros del SAT. El rechazo del PAC por estas causas no es imputable al Proveedor.
7.3 Listado 69-B respecto de Receptores. La Plataforma consulta periódicamente el Listado 69-B. No permite expedir CFDI a Receptores en situación definitiva y advierte cuando un Receptor aparece como presunto. La consulta depende de la publicación del SAT y puede tener desfase; no sustituye la revisión que corresponde al Usuario.
7.4 Modo sandbox y modo producción. Cada Organización inicia en modo sandbox. El timbrado con efectos fiscales requiere cumplir la cláusula 4.5 y activar el modo producción.
7.5 Veracidad. El Usuario es el único responsable de la exactitud, veracidad y licitud de los datos que captura o importa (datos del Emisor, del Receptor, conceptos, importes, impuestos, formas y métodos de pago) y de las consecuencias fiscales de los comprobantes que emite. Las validaciones de la Plataforma son una ayuda y no garantizan la aceptación por el SAT ni la corrección fiscal del comprobante.
7.6 Catálogos. Los catálogos del SAT que utiliza la Plataforma se actualizan de forma versionada. El Proveedor procura mantenerlos al día, pero el Usuario debe verificar que la información fiscal con la que factura sea la vigente.
8. Timbrado, cancelación y complementos
8.1 Timbrado. El comprobante sellado se envía al PAC, que lo certifica y devuelve el XML con el Timbre Fiscal Digital y el folio fiscal (UUID). La Plataforma conserva el XML timbrado, genera su representación impresa en PDF y registra la operación en la Bitácora. Si el PAC principal no responde, la Plataforma puede conmutar automáticamente a un PAC de respaldo.
8.2 Cancelación. El Usuario puede solicitar la cancelación de sus CFDI con los motivos previstos por el SAT (01 a 04) y, en su caso, indicar el folio fiscal del comprobante que lo sustituye. La cancelación solo puede solicitarse dentro del plazo del artículo 29-A del CFF, indicado en la cláusula 9. La procedencia de la cancelación, incluida la aceptación del Receptor cuando la ley lo exige, la determina el SAT; la Plataforma refleja el estatus que éste reporte.
8.3 Solicitudes de cancelación de terceros. La Plataforma muestra las solicitudes de cancelación que otros contribuyentes dirijan a la Organización, con el plazo para responder, y permite aceptarlas o rechazarlas. Si el Usuario no responde dentro de los tres (3) Días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, la cancelación se tiene por aceptada, salvo en los casos en que la RMF exija aceptación expresa. La consulta de la bandeja y la respuesta oportuna son responsabilidad del Usuario.
8.4 REP. El Usuario registra los pagos recibidos contra facturas con método de pago PPD y la Plataforma genera y timbra el REP. La cancelación de un REP requiere aceptación del Receptor conforme a la RMF vigente. La Plataforma envía recordatorios de REP pendientes como cortesía; el cumplimiento del plazo de la cláusula 9 es responsabilidad del Usuario.
8.5 Facturas recurrentes. El Usuario puede programar plantillas que la Plataforma emite y, si así lo configura, envía por correo de forma automática en la fecha indicada. Cada emisión automática consume un Timbre. El Usuario debe mantener sus plantillas actualizadas y puede pausarlas en cualquier momento. El Usuario responde por las emisiones de plantillas que no pausó o actualizó a tiempo.
8.6 Ventas al público y Factura global. El Usuario puede registrar ventas sin datos fiscales. Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de cada mes, la Plataforma incluye las ventas del periodo que no hayan sido facturadas en una Factura global a nombre del público en general, que consume un Timbre por Factura global emitida. Si el Usuario está obligado a una periodicidad distinta o a requisitos especiales por su régimen o actividad, le corresponde emitirla por su cuenta.
8.7 Condiciones de las emisiones automáticas. Las emisiones automáticas de las cláusulas 8.5 y 8.6 requieren saldo de Timbres, CSD vigente, modo producción activo y disponibilidad del PAC y del SAT. Si alguna falta, la Plataforma no emite el comprobante y lo avisa al Usuario por correo o en el panel. El Usuario debe entonces emitirlo manualmente; el Proveedor no responde por la emisión extemporánea.
9. Plazos fiscales a cargo del Usuario
9.1 Los plazos siguientes son obligaciones del Usuario como contribuyente. La Plataforma los muestra como referencia; el cómputo oficial es el del SAT.
| Obligación | Plazo | Fundamento |
|---|---|---|
| Expedir y enviar a certificar el CFDI | A más tardar dentro de las 24 horas siguientes a la operación | CFF, artículo 29; Reglamento del CFF, artículo 39 |
| Cancelar un CFDI | A más tardar en el mes en que deba presentarse la declaración anual del ISR del ejercicio en que se emitió | CFF, artículo 29-A |
| Responder una solicitud de cancelación como Receptor | Tres (3) Días hábiles desde la recepción de la solicitud | RMF, regla 2.7.1.34 |
| Emitir el REP | A más tardar el quinto día natural del mes siguiente al pago | Regla de la RMF relativa al REP |
| Emitir la Factura global | Dentro de las 24 horas siguientes al cierre del periodo (diario, semanal o mensual) | Regla de la RMF relativa a la Factura global |
| Conservar los CFDI y la contabilidad | Cinco (5) años | CFF, artículo 30 |
9.2 El incumplimiento de estos plazos puede generar las infracciones y multas de los artículos 81 a 84 del CFF, que son a cargo exclusivo del Usuario.
10. Funciones asistidas por inteligencia artificial
10.1 Asistentes. La Plataforma incluye tres asistentes basados en modelos de lenguaje del proveedor Anthropic, PBC: (a) el Asistente de facturación, que responde dudas generales sobre CFDI; (b) la sugerencia de clave SAT, que propone la clave de producto o servicio y la unidad a partir de una descripción; y (c) la redacción de conceptos, que convierte una descripción en lenguaje natural en conceptos de factura.
10.2 Información que se envía. Solo se envía al proveedor de IA el texto que el Usuario escribe para esa función; nunca su CSD, sus contraseñas ni los XML de sus comprobantes.
10.3 Alcance. Las respuestas son orientación general y propuestas que pueden contener errores. El Usuario debe revisarlas y confirmarlas antes de usarlas. No constituyen asesoría fiscal, contable ni legal. Las claves propuestas se revalidan contra los catálogos del SAT, pero la elección final es del Usuario y el Proveedor no responde por las consecuencias de esa elección.
10.4 Datos de terceros. El Usuario se abstendrá de introducir en estas funciones datos personales de terceros que no sean necesarios.
11. Expediente de materialidad e importación
11.1 Expediente de materialidad. El Usuario puede adjuntar documentos (contratos, órdenes de compra, evidencias de entrega, correos) vinculados a un cliente o a un CFDI y descargar el expediente en un archivo ZIP. El Usuario declara tener derecho a almacenar esos documentos y es responsable de su contenido. La Plataforma no valora la suficiencia de las evidencias frente a una revisión de la autoridad ni garantiza que el expediente desvirtúe una presunción del artículo 69-B del CFF.
11.2 Importación de historial. El Usuario puede importar en un archivo ZIP los XML de CFDI emitidos previamente con sus propios RFC. La Plataforma solo importa comprobantes cuyo Emisor sea un RFC de la Organización, omite duplicados y no vuelve a timbrar los comprobantes importados.
11.3 Límites. Los archivos deben cumplir los formatos y tamaños que indica cada función. El Proveedor puede rechazar o eliminar archivos que pongan en riesgo la seguridad o el funcionamiento de la Plataforma.
12. Correos y notificaciones
12.1 Correos del servicio. La Plataforma envía los correos transaccionales necesarios para el servicio: verificación de cuenta, restablecimiento de contraseña, entrega de CFDI a Receptores por instrucción del Usuario (con el XML y el PDF adjuntos), avisos de vencimiento del CSD, recordatorios de REP pendientes y avisos sobre emisiones automáticas, saldo y seguridad. El envío se realiza a través del proveedor Brevo desde el dominio amoxtli.digital.
12.2 Comunicaciones comerciales. El Proveedor solo enviará comunicaciones comerciales a quien las haya aceptado, y el Usuario puede darse de baja de ellas en cualquier momento.
12.3 Correos a Receptores. Al indicar el correo de un Receptor, el Usuario declara contar con base legal para comunicarle su comprobante por ese medio.
12.4 Notificaciones entre las partes. El Proveedor notifica al Usuario en el correo registrado en su cuenta o dentro del panel. La notificación se tiene por hecha el día de su envío. El Usuario debe mantener su correo actualizado; los avisos enviados al correo registrado surten efectos aunque el Usuario no los lea.
13. Disponibilidad, soporte, respaldos y conservación
13.1 Disponibilidad. El Proveedor realiza esfuerzos razonables para mantener la Plataforma disponible de forma continua, pero no garantiza disponibilidad ininterrumpida. Pueden existir interrupciones por mantenimiento, actualizaciones, fallas de terceros (SAT, PAC, Stripe, proveedores de infraestructura o de correo) o caso fortuito o fuerza mayor.
13.2 Mantenimiento programado. El Proveedor procurará avisar los mantenimientos programados con al menos veinticuatro (24) horas de anticipación, en el panel o por correo.
13.3 Soporte. El soporte se presta por el correo de contacto, en Días hábiles de 9:00 a 18:00 horas del centro de México. El Proveedor procurará dar primera respuesta dentro de los dos (2) Días hábiles siguientes. El soporte cubre el funcionamiento de la Plataforma; no incluye asesoría fiscal ni captura de comprobantes.
13.4 Contingencia. Si la Plataforma no está disponible y el Usuario tiene un plazo fiscal por vencer, le corresponde emitir el comprobante por un medio alterno, como la aplicación gratuita del SAT. La indisponibilidad de la Plataforma no suspende los plazos fiscales del Usuario.
13.5 Respaldos. La Plataforma genera respaldos diarios de la base de datos y de los archivos, con una retención de catorce (14) días. Los respaldos son una medida de continuidad del servicio, no un servicio de archivo a favor del Usuario.
13.6 Conservación a cargo del Usuario. Los XML timbrados y sus PDF permanecen disponibles para descarga mientras la cuenta esté vigente. La obligación de conservar la contabilidad y los CFDI durante el plazo legal (cinco años, artículo 30 del CFF) es del Usuario, por lo que debe descargar y resguardar sus comprobantes fuera de la Plataforma. AMOXTLI no sustituye esa obligación.
13.7 Conservación de evidencia por el Proveedor. El Proveedor conserva la Bitácora, las constancias de aceptación de estos Términos y los registros de pago durante cinco (5) años contados desde cada operación, o por el plazo mayor que exija la ley, incluso después de la baja de la cuenta, para acreditar la prestación del servicio y atender requerimientos de autoridad.
14. Datos personales y confidencialidad
14.1 Datos de la cuenta. Respecto de los datos personales del Usuario y de los usuarios de su Organización, el Proveedor actúa como Responsable y los trata conforme al Aviso de Privacidad.
14.2 Datos de Receptores y terceros. Respecto de los datos personales de Receptores, clientes y demás terceros que el Usuario capture o cargue en la Plataforma, el Usuario es el Responsable y el Proveedor actúa como Encargado. Como Encargado, el Proveedor: (a) trata esos datos únicamente para prestar el servicio conforme a estos Términos, que constituyen las instrucciones del Usuario; (b) no los usa para fines propios ni los comercializa; (c) guarda confidencialidad sobre ellos; (d) aplica las medidas de seguridad de la cláusula 15; y (e) los suprime o bloquea al terminar la relación, conforme a la cláusula 18, salvo obligación legal de conservarlos.
14.3 Obligaciones del Usuario como Responsable. Corresponde al Usuario contar con aviso de privacidad propio frente a sus clientes, tener base legal para tratar y cargar sus datos, y atender las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus titulares. Si el Proveedor recibe una de esas solicitudes, la remitirá al Usuario y le prestará asistencia razonable dentro de los cinco (5) Días hábiles siguientes.
14.4 Subencargados. El Usuario autoriza al Proveedor a apoyarse en los terceros siguientes, que tratan datos solo en la medida necesaria para su función:
| Tercero | Función | Ubicación |
|---|---|---|
| Prodigia y SW Sapien | Certificación de CFDI (PAC) | México |
| Stripe | Procesamiento de pagos | Estados Unidos |
| Brevo | Envío de correos transaccionales | Unión Europea |
| Anthropic, PBC | Modelos de lenguaje de los asistentes de IA | Estados Unidos |
| Proveedor de infraestructura en la nube | Alojamiento de servidores y respaldos | México |
El Proveedor publica en el sitio la lista vigente y puede sustituir o agregar terceros que ofrezcan garantías equivalentes, con aviso en el sitio.
14.5 Tratamiento fuera de México. El Usuario reconoce y acepta que algunos de esos terceros tratan datos fuera de México, y declara haber informado de ello a los titulares cuando la ley lo exija.
14.6 Confidencialidad. Cada parte guardará confidencialidad sobre la información no pública de la otra que conozca con motivo del servicio. El Proveedor no revelará Datos del Usuario a terceros, salvo a los indicados en la cláusula 14.4 y en los casos de la cláusula 21.
15. Seguridad e incidentes
15.1 Medidas del Proveedor. El Proveedor mantiene medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas razonables para proteger la Plataforma y los Datos del Usuario, entre ellas: cifrado del CSD con llave dedicada, cifrado en tránsito, aislamiento entre Organizaciones, control de acceso por roles, Bitácora y respaldos diarios.
15.2 Medidas del Usuario. El Usuario debe usar contraseñas robustas, mantener seguros sus dispositivos y correo, otorgar a cada persona el rol mínimo necesario y dar de baja de inmediato a los usuarios que dejen de colaborar con él.
15.3 Notificación de incidentes. Si el Proveedor confirma una vulneración de seguridad que afecte de forma significativa los Datos del Usuario, se lo notificará sin dilación y a más tardar dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la confirmación, indicando la naturaleza del incidente, los datos comprometidos, las acciones correctivas y las recomendaciones para el Usuario. Corresponde al Usuario, como Responsable, avisar a sus propios titulares cuando proceda.
15.4 Sin garantía absoluta. Ningún sistema es invulnerable. El Proveedor no responde por incidentes derivados del incumplimiento de la cláusula 15.2 ni por ataques que no hubieran podido evitarse con medidas razonables.
16. Propiedad intelectual y licencia
16.1 Titularidad. La Plataforma, su código, diseño, marcas, nombres (AMOXTLI, Tlanextia), plantillas y documentación son propiedad del Proveedor o de sus licenciantes y están protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor (en particular sus artículos 13, fracción XI, y 101 a 106) y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
16.2 Licencia. El Proveedor otorga al Usuario una licencia limitada, no exclusiva, intransferible y revocable para usar la Plataforma conforme a estos Términos y mientras estén vigentes. No se permite copiar, modificar, descompilar, realizar ingeniería inversa, revender ni sublicenciar la Plataforma.
16.3 Datos del Usuario. Los Datos del Usuario son y seguirán siendo del Usuario. El Usuario otorga al Proveedor únicamente la autorización necesaria para almacenarlos, procesarlos y transmitirlos con el fin de prestar el servicio.
16.4 Información estadística. El Proveedor puede generar y usar información estadística agregada y anonimizada sobre el uso de la Plataforma, que no permita identificar al Usuario ni a terceros, para operar y mejorar el servicio.
17. Uso aceptable
17.1 El Usuario se obliga a usar la Plataforma únicamente para fines lícitos y propios de su actividad. Queda prohibido, de manera enunciativa:
- Expedir comprobantes que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas, o utilizar la Plataforma para cualquier conducta sancionada por los artículos 49-Bis, 69-B y 113 Bis del CFF u otras disposiciones penales o fiscales.
- Expedir comprobantes por cuenta de terceros no declarados, o prestar o ceder la cuenta para que otro contribuyente facture.
- Cargar un CSD del que no se sea titular o del que no se tenga autorización; suplantar a otra persona o negocio.
- Crear varias cuentas para obtener más de una vez los Timbres de bienvenida.
- Intentar acceder a datos de otras Organizaciones, vulnerar controles de seguridad, sobrecargar la Plataforma, introducir código malicioso o usar medios automatizados no autorizados.
- Compartir credenciales con terceros ajenos a la Organización o revender el acceso a la Plataforma.
- Usar la Plataforma para desarrollar un producto competidor.
17.2 El Proveedor puede revisar la Bitácora y los patrones de uso para detectar incumplimientos de esta cláusula, sin que ello implique una obligación de vigilancia ni traslade al Proveedor responsabilidad por los actos del Usuario.
18. Suspensión y terminación
18.1 Baja voluntaria. El Usuario puede dejar de usar la Plataforma en cualquier momento y solicitar la baja de su cuenta al correo de contacto. El Proveedor la tramitará dentro de los cinco (5) Días hábiles siguientes. Antes de solicitarla, el Usuario debe descargar sus comprobantes y archivos.
18.2 Suspensión inmediata. El Proveedor puede suspender de inmediato y sin aviso previo una cuenta o un RFC emisor cuando: (a) el Emisor aparezca en situación definitiva en el Listado 69-B o tenga resolución en términos del artículo 49-Bis del CFF; (b) existan indicios fundados de expedición de comprobantes falsos, suplantación o uso ilícito; (c) exista un riesgo para la seguridad de la Plataforma o de otros usuarios; (d) lo ordene una autoridad competente; o (e) se presente un contracargo en términos de la cláusula 6.8. El Proveedor informará al Usuario el motivo dentro de los dos (2) Días hábiles siguientes, salvo que una autoridad lo prohíba.
18.3 Suspensión con aviso. Ante cualquier otro incumplimiento de estos Términos, el Proveedor requerirá al Usuario que lo subsane dentro de los cinco (5) Días hábiles siguientes. Si no lo hace, el Proveedor puede suspender la cuenta.
18.4 Efectos de la suspensión. Durante la suspensión no se pueden timbrar ni cancelar comprobantes. El Usuario conserva el acceso de consulta y descarga de sus comprobantes durante treinta (30) días naturales, salvo prohibición de autoridad. La suspensión no suspende los plazos fiscales del Usuario, quien debe cumplirlos por un medio alterno.
18.5 Terminación por incumplimiento. Si la causa de la suspensión no se aclara o subsana dentro de los treinta (30) días naturales siguientes, o si el incumplimiento es grave, el Proveedor puede dar por terminado el contrato y cancelar la cuenta, sin necesidad de declaración judicial.
18.6 Terminación por discontinuación del servicio. Si el Proveedor decide dejar de ofrecer la Plataforma, lo avisará con al menos sesenta (60) días naturales de anticipación y reembolsará el importe proporcional de los Timbres pagados y no utilizados.
18.7 Después de la terminación. A partir de la terminación, el Usuario cuenta con treinta (30) días naturales para descargar sus comprobantes y archivos, salvo prohibición de autoridad. Vencido ese plazo, el Proveedor eliminará o bloqueará los Datos del Usuario dentro de los sesenta (60) días naturales siguientes, salvo la información que deba conservar conforme a la cláusula 13.7 o por obligación legal.
18.8 Timbres no utilizados. Los Timbres no utilizados no son reembolsables en caso de baja voluntaria, de Cuenta inactiva o de terminación por incumplimiento del Usuario, sin perjuicio de los derechos irrenunciables del consumidor.
18.9 Supervivencia. Las cláusulas 13.7, 14.6, 16, 19, 20, 21 y 26 subsisten después de la terminación.
19. Responsabilidad
19.1 Alcance. El Proveedor responde por la prestación del servicio conforme a estos Términos. El servicio es de medios y no de resultado: el Proveedor no garantiza que un comprobante sea aceptado por el PAC o por el SAT, que sea deducible o acreditable, ni que resista una revisión de la autoridad.
19.2 Exclusiones. El Proveedor no responde por:
- Multas, recargos, actualizaciones, créditos fiscales o cualquier consecuencia fiscal o penal derivada de los comprobantes del Usuario, de datos erróneos, del incumplimiento de plazos fiscales o de la falta de conservación de comprobantes.
- El uso indebido, la restricción o la cancelación del CSD del Usuario.
- Fallas, cambios, demoras o indisponibilidad del SAT, del PAC, de Stripe, de proveedores de correo, de infraestructura o de otros terceros.
- La falta de emisión de comprobantes automáticos cuando no se cumplan las condiciones de la cláusula 8.7.
- El uso que el Usuario haga de las respuestas de los asistentes de IA.
- Actos realizados con las credenciales del Usuario.
- Daños indirectos, lucro cesante, pérdida de oportunidad de negocio o daño reputacional.
19.3 Límite. En la medida en que la ley lo permita, la responsabilidad total del Proveedor frente al Usuario por cualquier reclamación relacionada con la Plataforma se limita al importe efectivamente pagado por el Usuario en los doce (12) meses anteriores al hecho que la origine.
19.4 Aviso de reclamaciones. El Usuario debe notificar cualquier reclamación al correo de contacto dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a que conozca el hecho, con la información necesaria para investigarla. El Proveedor responderá dentro de los diez (10) Días hábiles siguientes.
19.5 Límites legales. Nada en estos Términos limita la responsabilidad proveniente de dolo (artículo 2106 del Código Civil Federal), la que conforme a la ley no pueda limitarse, ni los derechos irrenunciables del consumidor.
20. Indemnización
20.1 Obligación de sacar en paz y a salvo. El Usuario se obliga a defender, indemnizar y sacar en paz y a salvo al Proveedor, a sus administradores, socios, empleados y colaboradores, de cualquier reclamación, procedimiento, multa, sanción, daño, perjuicio o gasto, incluidos honorarios razonables de abogados, que derive de: (a) los comprobantes que el Usuario expida, cancele o deje de expedir; (b) la falsedad o inexactitud de sus declaraciones o datos; (c) el uso de un CSD sin titularidad o autorización; (d) el tratamiento de datos personales de terceros sin base legal; (e) cualquier incumplimiento de estos Términos o de la ley; y (f) reclamaciones de Receptores, autoridades fiscales u otros terceros relacionadas con las operaciones del Usuario.
20.2 Procedimiento. El Proveedor notificará al Usuario la reclamación tan pronto como sea razonable. El Usuario reembolsará los importes correspondientes dentro de los diez (10) Días hábiles siguientes al requerimiento documentado del Proveedor.
21. Cooperación con autoridades
21.1 El Proveedor puede entregar Datos del Usuario, la Bitácora y las constancias de aceptación cuando lo requiera por escrito, de forma fundada y motivada, una autoridad competente, incluidas las autoridades fiscales, ministeriales y judiciales.
21.2 El Proveedor avisará al Usuario del requerimiento cuando la ley lo permita. El Proveedor puede preservar la información relacionada mientras el requerimiento esté en curso.
21.3 El Proveedor no es responsable frente al Usuario por atender un requerimiento de autoridad, y puede dar aviso a la autoridad competente cuando tenga conocimiento de hechos probablemente constitutivos de delito cometidos mediante la Plataforma.
22. Caso fortuito y fuerza mayor
Ninguna de las partes responde por el incumplimiento derivado de caso fortuito o fuerza mayor (artículo 2111 del Código Civil Federal), entre otros: fallas generalizadas de internet o de energía, ataques informáticos que no hubieran podido evitarse con medidas razonables, actos de autoridad, desastres naturales, y la indisponibilidad de los servicios del SAT o de los PAC. La parte afectada lo avisará a la otra tan pronto como sea posible. Esta cláusula no libera al Usuario de sus obligaciones de pago ya devengadas ni de sus obligaciones fiscales.
23. Modificaciones
23.1 El Proveedor puede modificar estos Términos. Los cambios se publicarán en el sitio con su fecha de actualización y, cuando sean relevantes, se notificarán por correo o dentro del panel con al menos quince (15) días naturales de anticipación.
23.2 Los cambios que obedezcan a una reforma fiscal, a una nueva regla de la RMF, a un requerimiento del SAT o de un PAC, o a razones de seguridad, pueden surtir efectos de inmediato.
23.3 El uso de la Plataforma después de la fecha de entrada en vigor implica la aceptación de los Términos modificados. El Usuario que no esté de acuerdo puede solicitar la baja conforme a la cláusula 18.1. Los cambios no afectan los Timbres ya adquiridos.
24. Consumidores
24.1 AMOXTLI está dirigida a personas físicas con actividad empresarial o profesional y a personas morales. Cuando el Usuario tenga el carácter de consumidor conforme a la LFPC, conservará todos los derechos que esa ley le otorga, incluidos los relativos a las operaciones celebradas por medios electrónicos (artículo 76 Bis), y podrá acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor.
24.2 Para los consumidores, cualquier cláusula de estos Términos que resulte contraria a la LFPC se tendrá por no puesta, sin afectar la validez del resto.
25. Disposiciones generales
25.1 Acuerdo íntegro. Estos Términos y los documentos de la cláusula 1.6 constituyen el acuerdo completo entre las partes sobre la Plataforma y sustituyen cualquier comunicación previa.
25.2 Divisibilidad. Si una disposición se declara nula o inaplicable, las demás conservan su validez.
25.3 No renuncia. La falta de ejercicio de un derecho por el Proveedor no implica renuncia a él.
25.4 Cesión. El Usuario no puede ceder sus derechos u obligaciones sin autorización escrita del Proveedor. El Proveedor puede cederlos a una sociedad de su grupo o a quien adquiera la Plataforma, con aviso al Usuario.
25.5 Independencia. Las partes son contratantes independientes. Fuera de la instrucción de la cláusula 5.3, nada en estos Términos crea sociedad, asociación, mandato, representación fiscal ni relación laboral entre ellas.
26. Ley aplicable y jurisdicción
26.1 Ley aplicable. Estos Términos se rigen por las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos.
26.2 Solución amistosa. Antes de acudir a tribunales, las partes procurarán resolver la controversia de buena fe dentro de los quince (15) Días hábiles siguientes a la notificación de la reclamación prevista en la cláusula 19.4.
26.3 Jurisdicción. Para cualquier controversia, las partes se someten a los tribunales competentes con jurisdicción en Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave, domicilio del Proveedor, y renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro, sin perjuicio de la competencia que la ley reserve a favor de los consumidores y de la Procuraduría Federal del Consumidor.
27. Contacto
Para dudas, soporte, solicitudes de baja, reclamaciones o cualquier aviso relacionado con estos Términos: corporativo@tlanextia.com. Domicilio para notificaciones: Calle Miguel Hidalgo número 4, Colonia Libertad, C.P. 91270, Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave, México.