¿Cómo facturar rentas o igualas cada mes sin olvidarme?
Por Equipo de Amoxtli · TLANEXTIA · Publicado el 3 de noviembre de 2026
La forma más segura de no olvidar la factura de una renta o una iguala es programarla: guardas una plantilla con el cliente, los conceptos, los impuestos y la fecha, y el sistema la emite y la envía sola cada mes. Antes de programarla, define bien tres cosas: si va con método PUE o PPD, qué retenciones lleva según quién es tu cliente, y qué día del mes debe salir.
Qué es una factura recurrente
Es una factura que se repite con los mismos datos cada periodo: la renta de un local, la iguala de un contador o abogado, una mensualidad de mantenimiento o una suscripción. Cambia la fecha (y a veces el mes en la descripción), pero el cliente, el concepto y el monto son los mismos.
Antes de programarla
1. ¿PUE o PPD?
Si emites la factura al principio del mes y el cliente te paga después, en un plazo que no controlas, lo correcto es PPD, y cada pago lleva su complemento de pago. Si el cliente paga siempre dentro del mismo mes en que facturas, puede ir PUE.
2. Retenciones
Cuando una persona física factura una renta o honorarios a una persona moral, normalmente la empresa retiene impuestos:
- Régimen general (606 arrendamiento, 612 actividad profesional): retención de 10% de ISR y de dos terceras partes del IVA (10.6667% del importe).
- RESICO (626): retención de 1.25% de ISR.
Si tu cliente es persona física sin actividad empresarial, en general no hay retención. Confirma tu caso con tu contador antes de dejar la plantilla programada: un error se repetiría cada mes.
3. La fecha
Elige el día en que normalmente cobras o el que pactaste en el contrato. Si el mes no tiene ese día (por ejemplo, el 31), revisa qué hace tu sistema.
4. La descripción
Incluye el periodo que cobras, por ejemplo «Renta del local 3, mes de diciembre de 2026». Ayuda a tu cliente a identificar el pago y respalda la materialidad de la operación.
Ejemplo: renta de un local a una empresa
Renta mensual de $10,000 más IVA, de una persona física en régimen de arrendamiento a una persona moral:
| Renta | $10,000.00 |
| IVA 16% | $1,600.00 |
| Retención ISR 10% | −$1,000.00 |
| Retención IVA (dos terceras partes) | −$1,066.67 |
| Total a cobrar | $9,533.33 |
Es un ejemplo ilustrativo; tus porcentajes dependen de tu régimen y del de tu cliente.
Cómo lo haces en Amoxtli
- En Recurrentes, crea una plantilla: cliente, RFC emisor, conceptos con su IVA y, si aplican, retenciones de ISR o IVA.
- Elige cada cuánto se emite y desde qué fecha. Las facturas programadas salen a las 8:00 a. m. (hora del centro de México).
- Activa el envío por correo para que tu cliente la reciba sin que tú hagas nada.
- Si un mes cambia algo, usa Emitir ahora, o Pausar y Reanudar sin perder la plantilla.
Cada factura gasta un timbre, desde $6 MXN, sin mensualidad. Si el día programado no tienes saldo, la factura no se emite, así que conviene tener timbres de reserva; no caducan mientras uses tu cuenta. Más detalle, con video, en facturas recurrentes en Amoxtli.
Preguntas frecuentes
¿Qué retenciones lleva una renta facturada a una empresa?
Si el arrendador es persona física en régimen general de arrendamiento, normalmente 10% de ISR y dos terceras partes del IVA. En RESICO, 1.25% de ISR. Confírmalo con tu contador.
¿Una iguala mensual va PUE o PPD?
Depende de cuándo te pagan. Si el cliente paga dentro del mismo mes en que facturas, PUE; si paga después, PPD con su complemento de pago.
¿Puedo pausar una factura recurrente?
Sí. En Amoxtli la pausas y la reanudas cuando quieras sin perder la plantilla.
Empieza con 5 timbres gratis, sin tarjeta. Crea tu cuenta en un minuto; quedas lista para timbrar al cargar tu RFC, régimen y CSD.